viernes, 6 de junio de 2008

"¡Qué pase la viuda del acusado!"


El fiscal o ponente en los juicios militares era el elemento clave. Al ser en la mayoría de los casos la única persona con conocimientos jurídicos, su criterio tenía gran peso. Aunque no era quien debía dictar la sentencia, pocos presidentes de tribunal se atrevían a contradecir a un fiscal, sobre todo cuando se trataba de juicios políticos.
Fue en este tipo de juicios en los que hizo su carrera Fernández Martín. En 1938 se había aprobado la "Ley de Responsabilidades Políticas", que se puso en práctica en innumerables juicios militares contra civiles durante y después de la guerra. La ley calificaba de "rebelión militar" cualquier actividad en pro del "enemigo". Bajo el ámbito de aplicación de la ley no sólo estaban los combatientes republicanos, sino también funcionarios civiles de la República, enfermeras y médicos de hospitales de guerra, miembros de partidos y sindicatos o incluso trabajadores o voluntarios que hubieran realizado actividades como construcción de refugios antiaéreos, recaudación de fondos para huérfanos de guerra, confección de material militar de cualquier clase (armas o ropa de abrigo), etc. En definitiva, la mayor parte de la población de los territorios que hubieran estado bajo control de la República durante la guerra. Se inauguró así una época de terror en la que se intentaba desesperadamente conseguir certificados de adhesión al régimen (cartas expedidas por curas, militares, miembros de la falange o personas cuyas simpatías franquistas eran conocidas), certificados que a veces se conseguían a cambio de denunciar a familiares o vecinos, con fundamento o sin él.
Cientos de miles de personas fueron juzgadas de acuerdo con la Ley de Responsabilidades Políticas, y en la mayoría de los casos condenadas a muerte. Fernández Martín, que además fue jefe del campo de concentración de prisoneros políticos en Badajoz, actuó en buena parte de estos juicios. Las vistas se convocaban de un día para otro. Fernández Martín exponía rápidamente sus acusaciones e invariablemente pedía la pena de muerte. Los acusados estaban asistidos generalmente por defensores militares sin ninguna formación jurídica, que veían al acusado por primera vez en el propio juicio y que poco podían hacer, en caso de querer hacer algo, ya que los tribunales militares no disimulaban su condición de organismos de represión política pura y dura en los que la sentencia estaba decidida de antemano. Su función era exterminar a todas las personas susceptibles de generar conflictividad social o política, la misma que tuveron las famosas desapariciones en Chile o Argentina décadas más tarde, sólo que en España se hizo de modo abierto, con apenas una leve apariencia de legalidad, quizás porque la opinión pública mundial estaba atenta al desarrollo de la Segunda Guerra Mundial y no prestaba apenas atención al régimen de Franco. En los juicios en los que actuaba Fernández Martín se hizo habitual una broma de su invención; los bedeles gritaban a los familiares de los presos: "¡Que pase la viuda del acusado!", y el tribunal reía el chiste. Las sentencias se dictaban y se ejecutaban de inmediato. (Leer más)

No hay comentarios: